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Proporcionar a las microempresas y pequeñas empresas y trabajadores autónomos herramientas de seguridad, movilidad y colaboración en su puesto de trabajo con el fin de potenciar su productividad.
Únicamente podrán recibir la ayuda:
Esta solución, que se presta en modo servicio, incluye un dispositivo hardware que debe incluir integrado en el producto (y en el precio), una licencia que cumpla con los requisitos establecidos para la categoría X. Ciberseguridad, además de un encriptado/cifrado en reposo, que asegure la privacidad de los datos y documentos almacenados en el dispositivo.
Los dispositivos subvencionables en esta categoría de solución de digitalización podrán ser: ordenadores portátiles u ordenadores de sobremesa nuevos, no contemplándose dispositivos reacondicionados, y deberán tener como mínimo las siguientes características:
En el caso particular de los ordenadores de sobremesa:
Requisitos mínimos de seguridad.
Requisitos de publicidad:
El dispositivo deberá contar con grabado o etiqueta pegada en el portátil o bien el en ordenador y monitor (no en ratones ni teclados). En caso de sustitución, el nuevo equipo deberá ir etiquetado o grabado en iguales condiciones que el equipo al que sustituye. La composición contendrá los siguientes los logos:
Opción de grabado:
Como alternativa a la colocación de las etiquetas, cada portátil u ordenador + monitor podrá estar identificado mediante grabado en superficies claramente visibles, por métodos indelebles y no separables de las mismas. Los procedimientos admitidos son pantografía, troquelado, grabación térmica o grabación láser. Cualquier otro método necesitará la previa aprobación por Red.es.
Requisitos mínimos del servicio de mantenimiento y soporte.
Requisitos mínimos de la solución de ciberseguridad.
El dispositivo deberá incorporar una solución de ciberseguridad con los requisitos mínimos asociados a las categorías de solución X.
Ciberseguridad:
Posibilidad de adquisición del hardware asociado.
Una vez finalizada la fase II del servicio, el beneficiario podrá adquirir la propiedad del hardware, previo pago al Agente Digitalizador Adherido del valor residual del equipamiento.
El Agente Digitalizador Adherido está obligado a ofrecer la opción de compra de Puesto de Trabajo Seguro al beneficiario. En caso de que el beneficiario no efectúe el pago del importe residual acordado, el Agente Digitalizador Adherido podrá recuperar el equipamiento. El Agente Digitalizador Adherido deberá informar al beneficiario cuál es el valor de compra del equipo al finalizar los 12 meses de prestación del servicio correspondientes a la Fase II. Este importe que deberá abonar el beneficiario será el valor de adquisición del equipamiento y deberá constar reflejado en el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización. Como máximo, el importe del valor de compra será del 15 % del importe del acuerdo firmado (importe de la solución).
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